martes, 6 de abril de 2010

APROBADOS LOS PROTOCOLOS DEL 112 C.V.

Con fecha 25 de marzo de 2010, se aprueban los Protocolos Operativos del Servicio «1·1·2 Comunitat Valenciana».
El Consejo de las Comunidades Europeas adoptó una Decisión relativa a la creación de un número único de llamadas de urgencias europeo, que establece la obligación para los Estados miembros de introducir el número telefónico 1·1·2 como número único de atención de llamadas de urgencia en las redes telefónicas públicas, redes digitales de servicios integrados y en las de servicios públicos móviles.
En cumplimiento de la misma, el Consejo de Ministros, aprobó el Real Decreto 903/1997 que regula la aplicación de la Decisión en el Estado español. Según lo establecido en el Real Decreto, el número telefónico 1·1·2 podrá ser utilizado por los ciudadanos para requerir, en casos de urgente necesidad, la asistencia de los servicios públicos competentes en materia de atención de urgencias sanitarias, de extinción de incendios y salvamento, de seguridad ciudadana y, por posible necesidad de coordinar los anteriores, de protección civil.
Este Real Decreto, establece que la prestación del servicio de atención de llamadas de urgencia 1·1·2 será llevada a cabo por las Comunidades Autónomas, siendo necesario para ello la creación de centros capaces de recibir y atender las llamadas de urgencia.
En la Comunidad Valenciana, la Generalitat es la entidad prestataria del servicio del teléfono único de urgencias europeo 1·1·2. Esta función se está llevando a cabo en el Centro de Coordinación de Emergencias de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, perteneciente a la Conselleria de Gobernación.
De acuerdo con el artículo 15 (apartado 1) de la Ley 9/2002, de 12 de diciembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat Valenciana, los protocolos operativos, como instrumentos básicos de actuación de los Centros de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana y del Mando Único, se elaborarán para desarrollar las medidas a adoptar y los criterios para la movilización de recursos frente a determinados incidentes de menor entidad o fases de emergencias.
Elaborados los Protocolos Operativos del Servicio «1·1·2 Comunitat Valenciana» por la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, de la Conselleria de Gobernación de la Generalitat, fueron aprobados por la Orden de 15 de junio de 2005 (DOCV nº 5.045 de 8 de julio de 2005).
Dichos protocolos han sido modificados desde su aprobación para ir adaptándose a lo distintos planes y situaciones de emergencia, así como para garantizar una mejora continua en los protocolos de gestión del servicio «1·1·2 Comunitat Valenciana». Atendiendo a dicha evolución, se hace necesario someter nuevamente dichos protocolos a la consideración de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma, consiguiendo su aprobación en su reunión de 1 de febrero de 2010.

ORDEN 9/2010, de 25 de marzo, del conseller de Gobernación,por la que se aprueban los Protocolos Operativos del Servicio «1·1·2 Comunitat Valenciana». [2010/3600]

No hay comentarios: